jueves 18 de abril de 2024 - Edición Nº3054
Dos Líneas » El País » 16 ene 2016

Por qué pudieron detener a Milagro Sala

¿Los diputados del Parlasur no tienen fueros?


Por:
Abelardo Del Prado*

Al momento en que detuvieron a la líder social jujeña y parlamentaria del Mercosur, Milagro Sala, muchos de nosotros preguntábamos cómo era esto posible, muchos dudamos si los diputados regionales poseían fueros.

La idea tenía su sustento, originariamente la Ley N° 27.120 asimilaba en el derecho interno los parlamentarios del Mercosur a los diputados nacionales, razón por la cual los mismos poseían inmunidad parlamentaria. Decía la norma:

ARTÍCULO 16. — En todo lo que no estuviese previsto por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur o no se regulare específicamente por los organismos competentes, los parlamentarios del Mercosur en representación de la ciudadanía argentina, serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales. Serán aplicables a su respecto, siempre que no hubiere disposición específica, las disposiciones que regulan la condición de aquéllos en cuanto a inmunidades parlamentarias, regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares.

Sancionada la ley en diciembre de 2014, la disputa legal sobre el tema no tardó en llegar cuando el dirigente del GEN Gerardo Milman hizo una presentación judicial señalando la inconstitucionalidad parcial de la norma. El primer fallo estuvo a cargo de la jueza federal María Servini de Cubría, quien rechazó el pedido del exdiputado.

Sin embargo, la disputa legal fue saldada en octubre del año pasado y pasó casi desapercibida por la agenda pública. Fue entonces cuando la Cámara Nacional Electoral anuló la inmunidad de los legisladores del Mercosur. La sentencia de la Cámara, dictada por unanimidad de sus miembros Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munné, sostiene que:

“…las inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución –y no la ley- concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales y que –conforme el principio constitucional de igualdad (artículo 16)- todos los habitantes son iguales ante la ley, solo cabe reconocer las inmunidades que la Constitución otorga a los integrantes de dicho poder en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva”.

La Cámara Nacional Electoral sostuvo que los fueros son un privilegio reconocido por la Constitución Nacional a los miembros del Poder Legislativo, que debe interpretarse restrictivamente por lo que no pueden ser ampliadas por ley.

La detención de la líder de la Tupac Amaru plantea una serie de interrogantes por estas horas, cómo evolucionarán los eventos, cómo responderá la extensa organización social, soportará el gobernador Morales la presión de los seguidores de Sala, cómo la administración macrista lidiará con la protesta social, entre otros. Son muchas las preguntas que nos deja este episodio, los fueros de los legisladores del Mercosur no es una de ellas.

*Politólogo - Investigador UNER

@AbelardoDelP

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