La medida cautelar que había suspendido una parte sustancial de la Reforma laboral que aprobó el Congreso fue revocada y, en consecuencia, restableció la vigencia de 83 artículos de la ley.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII de la Cámara del Trabajo, en el marco de la disputa judicial impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Gobierno de Javier Milei.
El tribunal hizo lugar al planteo del Gobierno y modificó el efecto de la apelación presentada contra el fallo de primera instancia. En términos concretos, lo que hizo la Cámara fue otorgarle carácter suspensivo al recurso y como consecuencia la cautelar deja de aplicarse mientras se revisa el fondo del caso.
El conflicto se originó cuando el juez Enrique Ojeda, del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, había hecho lugar a una cautelar presentada por la CGT y suspendido la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802, argumentando la posible afectación de derechos laborales y el riesgo de daño irreparable.
El Estado nacional apeló esa decisión y pidió que el recurso tuviera efecto suspensivo. La Cámara le dio la razón, apoyándose en la Ley 26.854, que regula las cautelares contra el Estado. Según esa normativa, cuando una medida judicial frena una ley, la apelación debe suspender ese freno, salvo excepciones muy específicas.
El tribunal entendió que esas excepciones no estaban dadas en este caso y que, por la "entidad institucional" de una ley sancionada por el Congreso, debía ser la propia Cámara la que evaluara el fondo sin que la norma quede paralizada en el medio.
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