jueves 18 de abril de 2024 - Edición Nº3054
Dos Líneas » Actualidad » 27 oct 2020

El Programa ATP seguirá hasta fin de año

El gobierno nacional confirmó que la asistencia para empleadores y trabajadores en relación de dependencia e independientes continuará hasta el 31 de diciembre.


El gobierno nacional extendió la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) hasta fin de año. De esta manera, hasta el 31 de diciembre de 2020, las empresas pueden requerir la asistencia estatal para el pago de los salarios de los meses que restan hasta terminar el año a raíz de la crisis económica que generó el avance de la pandemia por el coronavirus. 

La extensión del ATP hasta fin de año quedo establecido por el decreto 823/2020 publicado en el Boletín Oficial, en donde las autoridades consideraron que “si bien se observa una recuperación de la actividad económica, la misma evidencia heterogeneidad sectorial y territorial”. Por lo cual, decidieron extender la temporalidad de la asistencia para empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia e independientes. La asistencia del Estado quedará adecuada a “las necesidades imperantes”.

Cabe recordar que el ATP se puso en marcha a fines de marzo y principios de abril tras la declaración de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia del coronavirus, y durante estos siete meses fue readecuado e incorporando beneficios tanto para empleadores como a trabajadores.

Actualmente, el  Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción comprende la asignación compensatoria del salario, créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos, préstamos a tasa subsidiada convertible y reintegro de los mismos; y un sistema integral de prestaciones por desempleo.

Según detallaron, el programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación interanual accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto. Por otra parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%.

El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada, que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador, se inicia a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.

Ese crédito a pagar en cuotas a 12 meses tiene, además, un incentivo para las empresas ya que podrán transformar parte o todo el préstamos en subsidios del Estado en función de la creación de nuevos puestos de trabajo, a partir de parámetros de empleo interanuales. Esta característica se dio también en el quinto y sexto ATP.

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