viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3062
Dos Líneas » Actualidad » 13 ago 2020

IFE, AUH, jubilaciones y prestaciones: cobran los beneficiarios con DNI terminado en 3

Lo precisó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y recordó que, si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI


Los titulares de las asignaciones universales por hijo (AUH) y por embarazo (AUE) cuyo DNI termina en 3 cobrarán hoy la tercera ronda del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la ayuda de $10.000 otorgada por el Gobierno para paliar la crisis económica derivada de la pandemia de coronavirus.

Asimismo, los jubilados y pensionados con DNI finalizado en 3, y cuyos haberes no superen los $18.952, podrán cobrar el haber correspondiente a junio en las sucursales bancarias por ventanilla.

Así lo precisó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y recordó que, si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI.

El cronograma continuará mañana con los que tengan DNI concluidos en 4; y al ser el lunes 17 feriado, los pagos para los documentos finalizados en 5 se harán el martes 18; para los terminados en 6, el miércoles 19; en 7, el jueves 20; en 8, el viernes 21; y en 9, el lunes 24.

Por otra parte, el Gobierno introdujo hoy modificaciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), con el fin de "fortalecer la llegada a los sectores más vulnerables" de ese beneficio, vigente desde abril. La decisión se formalizó por medio de una resolución del Ministerio de Trabajo, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Uno de los puntos que el Gobierno aclaró en la nueva resolución está vinculado con el pago del beneficio a los presos: "aclárase que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios", de acuerdo con el texto oficial.

Cuando se lanzó el IFE, se generó polémica porque supuestamente lo estaban percibiendo personas encarceladas: ahora, el Poder Ejecutivo dejó en claro que el beneficio no es para ellas. Además, puntualizó cuáles son los requisitos para acceder al ingreso de emergencia:

1) Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud

2) Tener entre 18 y 65 años de edad.

3) No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:

- Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

- Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría "C" o superiores y régimen de autónomos.

- Prestación por desempleo.

- Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar.

De estos requisitos están exceptuados los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.

La resolución estableció también que cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Anses sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, "el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades ya establecidas".

La Anses, por su parte, requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud.

Por último, Trabajo estableció oficialmente que el IFE "se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que la Anses disponga".
  

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