El Gobierno reglamentó hoy la ley de Paridad de Género, sancionada dos años atrás, que establece que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur deben estar conformadas en un 50 por ciento por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada.
La norma no sólo comprenderá la representación igualitaria en el Congreso y el Parlamento del Mercosur sino que abarcará también a los partidos políticos.
"La paridad de género en el ámbito interno de las agrupaciones políticas, tanto de distrito como del orden nacional, comprende a todos los órganos que prevea, en cada caso, la carta orgánica partidaria respectiva, y a los que transitoriamente pudieran crearse por decisión de los órganos constituidos", establece el texto y señala que "las respectivas normas internas se adecuarán en tal sentido".
En ese sentido, el decreto gubernamental le da la potestad al juez electoral a que intime al partido político que "incumpla con la paridad de género en la composición de sus órganos partidarios a subsanar dicha circunstancia, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la personalidad política".
De esa forma, la ley de Paridad de Género -número 27.412- se estrenará este año en las elecciones PASO del 11 de agosto, y en las generales del 20 de octubre.