ACTUALIDAD | 30 DIC 2022

Bono de fin de año para empleadas domésticas: se les reintegrará hasta el 50% del pago a quienes no tributen Ganancias

La cartera laboral oficializó el canal de solicitud de reintegro de hasta el 50% de la suma fija para trabajadoras de casas particulares dispuesto por el Decreto 841.



El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó este viernes la línea de reintegro para empleadores de trabajadoras de casas particulares de hasta el 50% del bono de fin de año dispuesto por el Decreto 841. 

De acuerdo a la Resolución 1691 firmada por la ministra Raquel "Kelly" Olmos, el monto calculado en base a las horas de servicio prestadas con tope máximo de hasta $ 24.000, podrá solicitarse a partir del 16 de enero de 2023 ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

Las empleadas domésticas englobadas en la Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) que presenten servicios por hora o jornada completa, cobrarán el bono de fin de año en diciembre 2022 calculado en base al proporcional de la suma máxima de $ 24.000.

Las trabajadoras que cubran las 40 horas semanales percibirán $ 24.000; aquellas que alcancen las 30 horas semanales, $ 18.000 mientras que las empleadas que realicen 20 horas de trabajo semanal recibirán $ 12.000 y aquellas que cubran 10 horas semanales $ 6000. 

Los empleadores de trabajadoras de casas particulares podrán solicitar a la Afip el reintegro de hasta el 50% del bono de fin de año

"Los empleadores y las empleadoras que contraten trabajadores o trabajadoras encuadrados y encuadradas en el "Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa prevista en el Decreto N° 841/22 y que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción prevista en el primer párrafo del artículo 7° del mencionado decreto, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado por este concepto de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución", dice el  artículo 1° de la normativa.