EL PAíS | 4 MAY 2020

Comienza la inscripción a los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos

El trámite debe hacerse en la página de la AFIP hasta el 29 de mayo. Los montos estarán indicados en el procedimiento, hasta un límite de $ 150.000



Desde este lunes y hasta el 29 de mayo, según dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la resolución 4707/20, publicada el jueves pasado en el Boletín Oficial, se llevará a cabo la inscripción para acceder a los Créditos a Tasa Cero para monotributistas y autónomos. Los interesados deberán inscribirse en el sitio web del organismo recaudador mediante su Clave Fiscal.

Podrán acceder al beneficio las personas que cumplan con los criterios de elegibilidad dispuestos por la Jefatura de Gabinete. Por ejemplo, no podrán iniciar el trámite quienes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.

En la web de la AFIP las personas elegibles podrán definir el monto total del crédito a tramitar, respetando el máximo previsto para su categoría (ver cuadro). Para inscribirse deberán ingresarán el número de su tarjeta de crédito e indicar el banco emisor, además de suministrar una dirección de correo electrónico.

Aquellos que no tengan tarjeta de crédito deben indicar el banco con el que operan habitualmente y en caso de no poseer uno, definir el banco más cercano a su domicilio donde quieran proceder con el trámite.

Cuando la persona complete el trámite digital, la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá la información al BCRA, que continuará el trámite enviando esos datos al banco seleccionado, que será el que se ponga en contacto con los monotributistas o autónomos correspondientes.

El monto máximo del Crédito a Tasa Cero es de 150 mil pesos y los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos. La devolución tendrá un período de gracia de 6 meses y será como mínimo en 12 cuotas fijas sin interés y como máximo en 18 cuotas, también fijas y sin interés. Así, por ejemplo, alguien que saque un crédito de 90.000 pesos deberá devolverlo, a partir del séptimo mes, en doce cuotas consecutivas de 7.500 si opta por el plazo mínimo o en 18 cuotas de $ 5.000 si opta -como probablemente haga la gran mayoría, tratándose de un crédito sin interés- por el plazo máximo. 

Otro beneficio es que las entidades bancarias, según dispuso la resolución general de la AFIP, deberán sumar a cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual, y destinarán esos recursos directamente al pago del monotributo, lo que significa una exención del mismo.