miércoles 08 de mayo de 2024 - Edición Nº3074
Dos Líneas » El País » 18 ago 2016

Tarifazo del gas: Continúa vigente para comercios e industrias

Únicamente se suspendió para los usuarios residenciales.


La Corte Suprema de Justicia anuló el incremento de las tarifas de gas para los usuarios residenciales, que representan el 26% de la facturación, pero lo habilitó para el resto de los usuarios, entre ellos los comerciales e industriales, en todo el país.

El fallo, que fue firmado de manera concurrente por los cuatro jueces de la Corte, establece que para la fijación del cuadro tarifario es “obligatoria” la realización de audiencias públicas, establecidas en la Constitución Nacional, que en este caso la Casa Rosada no había concretado.

Para los usuarios residenciales, “las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones” que incrementaron la tarifa, en algunos casos por encima del 1.600 por ciento.

Para el resto de los usuarios, que según un informe del Poder Ejecutivo representa al 74% del consumo de gas, es aplicable –según el fallo de la Corte- el tarifazo.

Los usuarios domiciliarios que hubieren pagado la tarifa que ahora fue dejada sin efecto tendrán derecho a la devolución de la diferencia, y serán las empresas distribuidoras las que deberán acordar la forma del reintegro.

Para el cuadro tarifario en el transporte y la distribución es obligatoria, por imperio de la Constitución y las leyes, la audiencia pública, porque “son fijados monopólicamente”.

En cambio esa obligación no está contemplada en la legislación para el “precio de ingreso al sistema de transportes” (PISG), comúnmente llamado “precio en boca de pozo”, porque es considerada una “actividad económicamente desregulada y no fue calificada como servicio público”, es decir que está sujeta a las fluctuaciones del mercado.

Sobre los grandes usuarios, el criterio es que no forman parte de “sectores vulnerables” puesto que pueden trasladar el incremento de sus costos en la cadena de consumo.

Para obtener una medida que les frenara el tarifazo debería iniciar una acción judicial en primera instancia y recorrer todo el espinel judicial hasta la Corte, donde el pronóstico es altamente negativo.

La Corte ya decidió que paguen el incremento, y lo hizo porque el reclamo contra el tarifazo lo hicieron entidades de usuarios, y no conglomerados que representen a los grandes consumidores.

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