La AFIP suspendió nuevamente el inicio de los juicios de ejecución fiscal contra mipymes (micro y pequeñas empresas). Es un alivio fiscal que también alcanza la traba de medidas cautelares. El beneficio incluye además a los contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
La nueva prórroga es hasta el 31 de diciembre próximo. La suspensión no incluye los montos reclamados en concepto de aporte solidario y extraordinario ni sobre el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La decisión de la AFIP de volver a extender la suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares contra mipymes está contemplada en la Resolución General 5101/2021 que puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal aprobada en octubre pasado.
Entre los puntos más destacados del alivio fiscal, se estipula que se "suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar".
En contraparte, mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones. La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al incumplimiento con Bienes Personales.