sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº3056
Dos Líneas » Actualidad » 11 may 2021

La Justicia ordenó destinar 500.000 dólares secuestrados a la lucha contra el Covid-19

El dinero había sido incautado en 2008 en el Aeropuerto de Ezeiza. La investigación determinó que el acusado obtuvo las divisas de manera ilegal


La Sala II de la Cámara Federal de La Plata rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un ciudadano de nacionalidad boliviana, quien había sido detenido en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza cuando iba a abordar un vuelo a su país de origen con más de 500.000 dólares en una maleta.

En el marco de un operativo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, realizado el día 28 de agosto de 2008, fueron secuestrados 503.114 de la divisa norteamericana que intentaban ser trasladados en un “bolso de mano” por el sospechoso quien tenía destino a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia.

Al momento de realizar su defensa, el imputado señaló que el dinero pertenecía a la empresa Aerosur, para la cual trabajaba, y que estaba originado en un préstamo de la firma Edmund Transfer. Pero la prueba documental incorporada al proceso, los peritajes realizados sobre los libros contables de la firma Aerosur que refieren la inconsistencia de los asientos con la versión brindada por los dos imputados -el otro imputado fue el vicepresidente de la firma aerocomercial- y las versiones contradictorias brindadas por ambos persuadieron a operadores y operadoras judiciales de que el origen de las divisas era ilícito.

El 8 de abril de 2020, al reiterar su solicitud de decomiso sin necesidad de condena penal en los términos del artículo 305 Código Penal de las sumas incautadas, la fiscal Cecilia Incardona señaló que se encontraba acreditado judicialmente el origen ilícito de los activos objeto de decomiso.

Ente las pruebas, la fiscal indicó que el transporte de esa cantidad de dinero en efectivo, evitando cualquier tipo de bancarización, dado que se encuentra prohibido por la normativa de nuestro país el traslado de un importe mayor a 10.000 dólares; además de las manifestaciones de los imputados, quienes sostuvieron ser ajenos al dinero secuestrado a pesar de la cuantiosa suma en cuestión.

Otro punto importante en la investigación también fue la inactividad de la empresa afectada por la medida cautelar en los más de 10 años transcurridos desde el inicio de las actuaciones para requerir la restitución del dinero. A esto cabe añadir que la empresa no podía ignorar los efectos de esa medida cautelar, en tanto uno de los imputados en autos es su representante y socio mayoritario, entre otros elementos de prueba.

Lo novedoso del caso es que el dinero será utilizado con fines sanitarios y, procesalmente, la disposición de su utilización a pesar de que la causa estaba prescripta. La orden había sido dispuesta por el Juzgado Federal N°1 de Lomas de Zamora el 15 de abril de 2020, y ratificado en los últimos días por los magistrados de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

Los dólares serán transferidos -en su mayor parte- a la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA), mientras que 25.000 dólares serán destinados a la Asociación Cooperadora del Hospital Muñiz.

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