miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº3060
Dos Líneas » El País » 25 sep 2019

La Corte Suprema ordenó que siga el concurso preventivo del Correo Argentino S.A.

Rechazaron un recurso extraordinario presentado por el Estado y concedido por la Cámara en lo Comercial.


La Corte Suprema de Justicia nacional ordenó que continúe el proceso de concurso preventivo del Correo Argentino S.A, al rechazar un recurso extraordinario presentado por el Estado y concedido por la Cámara en lo Comercial, donde se requería más plazo para analizar una oferta de pago de la empresa postal.

La Corte "por unanimidad, declaró mal concedido el recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado Nacional que pretendía la ampliación del plazo para evaluar la propuesta concordataria de Correo Argentino SA" para saldar su deuda "y dispuso la devolución de la causa para continuar con el trámite del concurso", indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).

La información oficial recordó que la Sala B de la Cámara en lo Comercial "frente a la solicitud del Estado Nacional de fijar un plazo no menor a 120 días hábiles para evaluar la mejora de propuesta presentada en autos, y tras explicitar que esa petición no importaba nuevas razones que las que ya se habían considerado frente a la anterior propuesta, juzgó prudente no conceder el término requerido y, en cambio, otorgó por última vez un plazo de 15 días hábiles para que el Estado Nacional se expidiera".

Pero el Estado interpuso un recurso extraordinario federal que la Cámara decidió conceder ante una supuesta causal de "gravedad institucional".

De acuerdo con el CIJ, la Corte cuestionó "el mero hecho de que sea el Estado Nacional quien recurre, sin precisar de qué manera la decisión pondría en juego principios esenciales de orden social, cuyas consecuencias se proyectarían sobre instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o la defensa del interés de la sociedad como un todo".

Ello, añadió el máximo tribunal "importa desconocer el riguroso principio de acuerdo con el cual la presencia de 'gravedad institucional' no constituye una causal autónoma de procedencia del recurso" y "en todo caso sólo facultaría al Tribunal para prescindir de ciertos recaudos formales frustratorios de su jurisdicción extraordinaria, pero no para tomar intervención en asuntos en los que no se ha verificado la presencia de una cuestión federal".

"Con este esencial argumento y descartada la existencia de cuestión federal por la Cámara, decisión que no fue cuestionada por el Estado Nacional con el correspondiente recurso de queja", la Corte "declaró mal concedido el recurso extraordinario y dispuso la devolución del expediente al tribunal de grado para que continúe el trámite del concurso", se amplió.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial había dispuesto hace dos semanas elevar la causa a la Corte al hacer lugar a un recurso de la Procuración del Tesoro, que es el cuerpo de abogados del Estado.

El Correo había hecho una propuesta de pago pero la Procuración solicitó a la Justicia un plazo no menor a 120 días para pronunciarse al respecto. La Cámara rechazó esa pretensión y los abogados estatales insistieron alegando "gravedad institucional", por lo cual el tribunal de alzada concedió el recurso.

La resolución de la Corte fue firmada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

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