viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3062
Dos Líneas » La Provincia » 21 nov 2018

La Corte resolverá si la paritaria de los judiciales bonaerenses debe ajustarse por inflación

Así lo determinó una medida cautelar dispuesta por un Tribunal de Trabajo de La Plata.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver si la paritaria de los empleados enrolados en la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) debe ajustar los salarios por inflación, tal como lo había determinado en una medida cautelar de un Tribunal de Trabajo de La Plata.

El caso llega al máximo órgano de justicia luego que la Suprema Corte bonaerense hizo lugar a un recurso extraordinario que presentó la Fiscalía de Estado contra la resolución de un tribunal de Trabajo, que obligó al Ministerio de Trabajo a convocar a paritarias salariales a la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) y ajustar los salarios por inflación.

“Conceder, por mayoría, el recurso extraordinario federal por encontrarse cumplida la condición de habilitación de la instancia y demás requisitos exigibles”, sostuvo el fallo, que lleva la firma del presidente del máximo tribunal, Eduardo De Lazzari y de jueces del Tribunal de Casación Penal, debido a que se habían excusado cinco de los miembros de la Corte.

La Suprema Corte -integrada con Eduardo De Lazzari y seis jueces del Tribunal de Casación Penal-, finalmente resolvió conceder el recurso extraordinario federal interpuesto por la Fiscalía de Estado.

A partir de esta decisión, la Corte Suprema federal deberá resolver la suerte de la medida cautelar que ordenó al Ejecutivo retomar la negociación paritaria con la AJB y la actualización de los salarios por inflación hasta que se arribe a un nuevo acuerdo salarial.

Tras la decisión, la AJB emitió un comunicado en el que denunció que la Suprema Corte “completa un proceso en el cual -salvo honrosas excepciones que resulta necesario reconocer- el Poder Judicial garantiza impunidad a un Poder Ejecutivo que decidió mantenerse al margen de la ley, negando sistemáticamente el derecho constitucional a la negociación colectiva de los trabajadores y trabajadoras judiciales”.

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