sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº3056
Dos Líneas » El País » 21 ago 2018

La Corte Suprema consideró que manejar un Uber no es delito

El Máximo Tribunal rechazó un planteo del Sindicato de Peones de Taxis.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda presentada por el Sindicato de Peones de Taxis contra la empresa UBER. El fallo del Máximo tribunal rechazó la denuncia por los delitos de entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita.

El reclamo se inició cuando el juez de instrucción, Luis Zelaya, sobreseyó en 2016 a los conductores y luego esa resolución fue confirmada por la Cámara del Crimen. Tanto el magistrado de primera instancia como la Cámara sostuvieron que no había delito penal por parte de los choferes de UBER sino que se trataba de una actividad lícita.

Sin embargo, el Sindicato de Taxistas siguió avanzando con la causa hasta llegar a la Corte Suprema. El máximo tribunal, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, rechazó el recurso de queja presentado.

Según la Corte, los taxistas incumplieron con la presentación del escrito de contestación de traslado previsto en el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que dispone que "el recurso extraordinario deberá ser interpuesto por escrito" ante el juez que dictó la resolución que lo motiva.

De este modo, el fallo de la Corte no se expide con respecto a la legalidad o ilegalidad de Uber o de sus conductores. Se limita a rechazar la apelación por la falta de la presentación de un escrito.

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